domingo, 16 de octubre de 2016

CONCEPTOS RELEVANTES DE LA LEY 1122 DE 2007 Y LA LEY 1438 DE 2011.

LEY 1122 DE 2007
- Promueve la eliminación de las cuotas moderadoras para los afiliados al sisben pertenecientes al nivel 1 y 2.
- Promueve la movilidad de regímenes
- Las empresas promotoras de salud (EPS) del régimen contributivo y subsidiado deberán atender con la celeridad y la frecuencia que requiera la complejidad de las patologías de los usuarios del mismo.
- Las citas médicas deben ser fijadas con la rapidez que requiere un tratamiento oportuno por parte de las EPS, en aplicaciones de los principios de accesibilidad y calidad correspondiente.
- Plantea mecanismos para que las EPS, de los diferentes regímenes, garanticen a los afiliados la posibilidad de escoger entre diferentes opciones de IPS existentes en la red ofrecida por la aseguradora en área de influencia.

LEY 1438 DE 2011
- Potabilidad nacional
- Plantea la estrategia de atención primaria en salud, APS
- Unificación de planes de beneficios, POS
- Plantea que los servidores de salud deberán atender las condiciones del paciente de acuerdo con la evidencia científica, provistos de forma integral, segura y oportuna, mediante una atención humanizada.
- Se prohíben aquellos mecanismos de pago, de contratación de servicios, acuerdos o políticas internas que limiten el acceso al servicio de salud o que restrinjan, su continuidad oportunidad, calidad, que propicien la fragmentación en la atención de los usuarios.
- Las entidades promotoras de salud deberán garantizar y ofrecer los servicios a sus afiliados, de manera integral, continua coordinada y eficiente con portabilidad, calidad y oportunidad, a través de las redes integradas de servicios.
- Promueve el fortalecimiento de la ESE.
- Crea el instituto de evaluación tecnológica en  salud.

LEY 1122 DE 2007

FINALIDAD
Realizar ajustes al sistema general de seguridad social en salud, teniendo como prioridad el mejoramiento en la prestación de los servicios a los usuarios.

LEY 1438 DE 2011
Fortalecer el sistema general de seguridad social salud en el marco de la estrategia de atención.

GENERALIDADES

LEY 1122 DE 2007
Se hacen reformas en los aspectos de dirección, universalización, financiación, funciones de los actores del sistema, mejoramiento de las prestación de los servicios a los usuarios, fortalecimiento a los programas de salud pública. Algunos a destacar son:
- Conserva las mismas funciones que CNSSS tenía partir de la ley 100, la diferencia radica en los actores que la han de componer.
- La nueva ley crea la Comisión de Regulación en salud (CRES) y le da al Consejo Nacional de Seguridad Social (CNSSS) funciones de asesor y consultor.
- Las EPS no podrán contratar, directamente o a través de terceros, con sus propias IPS más del 30% del valor del gasto en salud.
- POS, establece que la comisión de regulación en salud lo actualizara anualmente buscando el acercamiento progresivo de los contenidos de los planes de los dos regímenes: contributivo y subsidiado Se establece la cotización del régimen contributivo de 12,5% sobre el ingreso o salario.
- Se cambia el concepto de administradoras del régimen subsidiado ARS por entidad promotora de salud del régimen subsidiado EPS
- Se eliminan los copagos y cuotas moderadoras para los beneficiarios del régimen subsidiado que se encuentren clasificados en el nivel I del SISBEN.
- Se reducen los periodos mínimos de cotización en el régimen contributivo.
- Para los afiliados al régimen contributivo que pierdan el empleo y seas nivel III SISBEN, se establece subsidios a la cotización.
- Los usuarios podrán cambiar de EPS sin importar el tiempo de permanencia.

LEY 1438 DE 2011
- Se incluyen disposiciones para establecer l unificación del plan de beneficios para todos los residentes, la universalidad del aseguramiento y la garantía de la portabilidad o prestación de los beneficios en cualquier lugar del país, en un marco de sostenibilidad financiera.
- Algunos a destacar son: Niños y adolescentes tendrán atención preferente, gratuidad en la atención de menores con discapacidad o afectados por enfermedades catastróficas.
- Se da un plazo de 3 meses a EPS y alcaldes para liquidar los contratos de aseguramiento y 1 mes adicional para pagar.
- Nueva canasta de servicios: mantener garantía al derecho de salud mental y atención integral al discapacitado.
- Se promueve un sistema de formación continua al talento en salud, dando prioridad la implementación de la APS.
- Gratuidad la rehabilitación de los niños, adolescentes y mujeres víctimas de la violencia física o sexual, lo que incluye la atención psicológica.
- Acceso a la prestación de servicios de salud en cualquier lugar del territorio nacional.
- La superintendencia nacional de salud creara una junta médica de pares para resolver las negaciones de servicios de los comités técnicos científicos, para evitar acciones de tutela y la no atención a los usuarios.
- Las EPS tendrán dos días para resolver peticiones de medicamentos o servicios por fuera del POS Los afiliados al régimen subsidiado podrán permanecer en ese cuando obtengan un contrato de trabajo y pasen a estar vinculados laboralmente.
- La EPS no podrá exigir antigüedad mínima como prerrequisito para ser atendidos.
- Se prohíben las multas a los afiliados por citas médicas.
- Los desempleados podrán acceder a un seguro de salud a través de cajas de compensación.





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